Aduanas y cumplimiento

¿Qué es el certificado de origen? Cómo se obtiene y diferencia con el EUR.1

Respuesta breve

El certificado de origen es el documento de origen no preferencial que el exportador cumplimenta y aprueba la cámara competente, y que acredita en qué país se ha producido la mercancía o ha sufrido su última elaboración sustancial. Por sí solo no genera ninguna reducción de derechos de aduana; sirve para que el país importador determine el origen a fin de aplicar el tipo correcto, el derecho antidumping y medidas de política comercial como los cupos. El origen no es el país desde el que se embarca la mercancía, sino el país en el que se produce.

Actualizado: 24 de agosto de 202611 min de lectura

En el comercio internacional, la identidad de una mercancía se compone de dos datos distintos: qué es y de dónde procede. El primero lo indica el GTİP (código arancelario turco, equivalente al código HS); el segundo, el origen. El certificado de origen es precisamente el documento que acredita este segundo dato.

Qué acredita exactamente el certificado de origen

El certificado de origen (menşe şahadetnamesi; en inglés Certificate of Origin, CO) es el documento que declara en qué país se ha producido una mercancía y que aprueba un organismo competente. Lo cumplimenta el exportador, lo aprueba la cámara y se presenta ante la aduana del país de destino.

El documento responde a una sola pregunta: ¿de dónde es esta mercancía? De qué puerto se ha embarcado, en qué país ha esperado en depósito aduanero, o en qué país tiene su sede la empresa que emite la factura no cambian esa respuesta. El país de origen y el país de expedición (envío) son dos datos independientes entre sí. Una mercancía de origen chino sigue siendo de origen chino aunque se expida desde un depósito de Róterdam.

Segunda precisión: el certificado de origen estándar es un documento de origen no preferencial y, por sí solo, no genera reducción ni exención de derechos de aduana. En algunos acuerdos preferenciales, además, el documento de prueba no es el EUR.1, sino un formulario de certificado de origen propio de ese acuerdo; se trata de un documento distinto. Además, para poder aplicar el tipo correcto en la importación puede exigirse la presentación del documento.

Qué consecuencia produce el dato de origen

El origen es uno de los datos que determinan cómo tratará el país importador a la mercancía. En concreto, incide en lo siguiente:

  • El tipo de derecho de aduana aplicable. El tipo es un valor que determinan conjuntamente el GTİP y el origen. El mismo GTİP puede generar un tipo distinto según el origen.
  • Los derechos antidumping y compensatorios. Por regla general, estos derechos se aplican al binomio producto-origen, y con frecuencia con tipos diferenciados por empresa exportadora. Si se neutraliza la eficacia de la medida, el derecho puede extenderse también a la mercancía expedida a través de terceros países o montada allí.
  • Los cupos arancelarios y las restricciones cuantitativas. Se controlan por origen.
  • Las medidas de salvaguardia y la vigilancia. Las medidas de salvaguardia, por regla general, se aplican a todos los orígenes; solo la asignación del cupo puede repartirse por países. En Turquía, la vigilancia en la importación depende, en su mayoría, no del origen sino de un umbral de valor unitario CIF. En ambos casos puede exigirse la verificación del origen declarado.
  • Prohibiciones y restricciones. La importación de mercancía de determinado origen puede estar limitada.
  • Licitaciones públicas y pliegos de compra. En compras que exigen aportación local o un origen determinado, el documento se convierte directamente en un elemento de admisibilidad.

Por ello, el origen no es “un campo formal”, sino un dato que cambia el importe del impuesto y si la mercancía puede o no entrar en el país.

Origen preferencial, origen no preferencial y diferencia con el EUR.1

La normativa de origen funciona como dos familias distintas, y confundir esta distinción da lugar a la emisión del documento equivocado.

El origen no preferencial se determina según las normas generales. Es la base del tipo de derecho de aduana, de las medidas de política comercial y de la estadística. Su prueba es el certificado de origen.

El origen preferencial se determina según las normas propias de un acuerdo de libre comercio o de un régimen preferencial. Su objetivo es aplicar un derecho reducido o nulo. Su prueba son documentos como el EUR.1, el EUR-MED o la declaración en factura/de origen.

La diferencia entre el EUR.1 y el certificado de origen se concentra en cuatro puntos:

  • Finalidad. El certificado de origen determina el origen; el EUR.1 activa el arancel preferencial.
  • Norma. En el EUR.1 se acredita que la mercancía cumple la norma de lista del acuerdo (cambio de partida arancelaria, porcentaje máximo de insumo extranjero, etc.); en el certificado de origen rigen las normas generales.
  • Alcance. El EUR.1 solo funciona en los países parte del acuerdo; si no hay acuerdo o no se cumple la norma de lista, no puede expedirse, mientras que el certificado de origen sí puede expedirse.
  • Resultado. Las dos determinaciones se hacen por separado; el origen preferencial y el no preferencial del mismo producto pueden resultar en países distintos.

Cómo se determina el origen

En el origen no preferencial se usan dos criterios básicos. En Turquía, su marco lo fijan la Ley de Aduanas y su normativa de desarrollo.

1. Mercancía enteramente obtenida. El supuesto en que la producción se realiza en un solo país: los minerales extraídos en ese país, los productos agrícolas cultivados allí, los animales nacidos y criados allí, los productos de la caza o la pesca y lo obtenido de ellos. El origen es, sin discusión, ese país.

2. Última elaboración o transformación sustancial y económicamente justificada. Cuando en la producción intervienen varios países, el origen es el último país en el que la mercancía ha sufrido una operación de esta naturaleza. El criterio es que la operación dé lugar a un producto nuevo o constituya una etapa importante de la fabricación; basta con que se cumpla uno de estos dos supuestos.

La normativa enumera además las operaciones que, por sí solas, no confieren origen. El embalaje, el embotellado, el etiquetado, la separación, la clasificación, la mezcla simple y el montaje simple entran en este grupo. Que el montaje final de un producto se haya realizado en Turquía no implica automáticamente que se considere de origen turco; lo determinante es la naturaleza del montaje y la nueva identidad que adquiere el producto.

Qué acredita cada documento

Documento Qué acredita ¿Otorga ventaja arancelaria? Ámbito de uso y condición
Certificado de origen Origen no preferencial No, por sí solo no genera reducción Comercio general; a petición del comprador o de la aduana de destino
EUR.1 / EUR-MED Origen preferencial Sí, si se cumple la norma de lista del acuerdo Países con acuerdo de libre comercio
Declaración en factura / declaración de origen Origen preferencial Sí, en la misma condición Sin límite de importe para el exportador autorizado/registrado; por debajo de un umbral de valor por envío en los demás casos (6.000 euros en el sistema PAAMK)
Formulario A Origen preferencial en el marco del SPG Sí, en el país que lo admite En la UE y en Turquía ha sido sustituido por la declaración del exportador registrado (REX)
A.TR Estatus de libre circulación Sí, en la mercancía dentro del ámbito de la unión aduanera Unión aduanera Turquía-UE

Notas de la tabla: el A.TR se usa en los productos industriales y en la parte industrial de los productos agrícolas transformados; para los productos agrícolas y los de carbón y acero (CECA) se necesita EUR.1 en la exportación a la UE. El umbral de la declaración en factura y el calendario de transición al REX se fijan en la normativa y deben confirmarse antes de la carga.

La última fila de la tabla es la que más se confunde: el A.TR no es un certificado de origen. Otorga la exención de derechos en la mercancía dentro del ámbito de la unión aduanera, pero no indica de dónde es la mercancía.

Cómo se obtiene el documento: solicitud, aprobación y responsabilidad

El documento lo cumplimenta el exportador; lo aprueba la cámara de comercio e industria a la que pertenece. El orden es el siguiente:

  1. Determinación del origen y su base. El exportador que no fabrica él mismo la mercancía obtiene del fabricante una declaración de origen del fabricante por escrito; esta es la base en un control posterior.
  2. Preparación del contenido. Se cumplimentan el remitente, el destinatario, la descripción de la mercancía, la cantidad y el país de origen, en coherencia con la factura y el documento de transporte.
  3. Solicitud en la cámara. Las solicitudes se tramitan en gran medida por vía electrónica; la aprobación se concede a través del sistema, y el ejemplar impreso se basa en ella. La cámara pide la factura y la base del origen.
  4. Aprobación y visado. En el certificado de origen basta la aprobación de la cámara. En documentos de circulación como el A.TR y el EUR.1, tras la aprobación de la cámara se exige además el visado de la aduana.
  5. Legalización adicional. Algunos países de destino exigen una legalización adicional, como la del consulado; el requisito varía según el país y puede no completarse a posteriori.

Por el documento se cobra una tasa según la tarifa de la cámara; el importe varía según la cámara y el año, y debe confirmarse en la tarifa vigente. Si la solicitud está completa, la aprobación se completa en poco tiempo; el ejemplar original va al comprador y se conserva una copia en el expediente.

Un punto que se pasa por alto: la cámara aprueba la declaración, no fiscaliza la producción. De la veracidad de la declaración responde el exportador.

Por qué el comprador y la aduana de destino piden el documento

  • Porque su propia aduana lo exige. Muchos países consideran la prueba de origen un requisito de importación en determinados grupos de productos.
  • Porque es condición del crédito documentario. Si figura en la lista de documentos, la descripción de la mercancía en el certificado de origen no debe contradecir la del crédito; conforme al artículo 14.e de las UCP 600, en los documentos distintos de la factura puede usarse una expresión general, sin que sea obligatorio que sea idéntica. En cambio, si el crédito indica de forma específica la autoridad emisora (cámara de comercio, consulado, etc.), esa condición debe cumplirse exactamente.
  • Porque es condición de la licitación o del contrato.
  • Para cubrir el riesgo de una medida de política comercial. El comprador quiere anticipar que no se encontrará con un derecho antidumping en la importación.
  • Para el filtrado de cumplimiento y sanciones. Las empresas que verifican restricciones sobre determinados orígenes incorporan este documento al expediente.

El lado de la importación también está regulado. En la mercancía sujeta a un derecho de aduana adicional, a una exacción financiera adicional o a una medida de política comercial, el Reglamento de Aduanas puede exigir la presentación del certificado de origen; si no se presenta, la administración puede aplicar el tipo más alto previsto en la medida. El alcance y el procedimiento se fijan en la normativa y pueden cambiar; deben confirmarse antes de la declaración. La administración puede iniciar después un control posterior (verificación de origen); se pide la declaración del fabricante, los registros de producción y las facturas de los insumos. Un origen que no puede verificarse genera diferencia de impuesto y sanción.

Lista de comprobación previa al envío y puntos a vigilar

  1. Determine el origen. ¿La mercancía se ha obtenido enteramente, o en qué país ha sufrido su última elaboración sustancial? El GTİP dice qué es la mercancía, no de dónde es.
  2. Obtenga por escrito la declaración del fabricante. Un origen basado en una afirmación verbal queda sin base cuando se pide su verificación.
  3. Separe el país de expedición del origen. El envío desde un depósito aduanero, una zona franca o un país intermediario no cambia el origen; lo único que cambia es el lugar de expedición.
  4. Si hay montaje, aplique correctamente el criterio. El montaje simple, por sí solo, no confiere origen; lo determinante es si la operación produce un cambio sustancial. Si la norma de lista prevé un criterio de valor añadido o de cambio de partida arancelaria, debe atenderse también a ese criterio.
  5. Elija el documento correcto. Si se busca la reducción arancelaria, se necesita EUR.1, EUR-MED o, si se cumplen las condiciones, una declaración de origen; el certificado de origen no sustituye a estos documentos.
  6. Pregunte por el requisito de legalización adicional antes de que la mercancía salga.
  7. Compare el requisito documental del crédito. La autoridad emisora exigida y el número de ejemplares deben cumplirse tal como figuran en el crédito. Las descripciones de la mercancía en los distintos documentos no deben contradecirse entre sí; conforme al artículo 14.d de las UCP 600, los datos no tienen por qué ser idénticos, pero una descripción contradictoria sí es motivo de reserva.
  8. Solicite el documento en la cámara antes de la carga. Por regla general el documento también puede expedirse a posteriori, con la mención “emitido a posteriori / issued retrospectively” añadida. Pero algunos países de destino no aceptan un documento emitido a posteriori o piden una aclaración adicional; el retraso genera coste de almacenaje y demora.
  9. Conserve el expediente. El control posterior puede llegar mucho tiempo después; la declaración del fabricante y los registros de producción son la única base del documento.

Esta página es información general, no asesoramiento jurídico. La normativa cambia; confirme la situación vigente antes de actuar.

FAQ

  • ¿Si ya existe el EUR.1, hace falta además el certificado de origen?

    Puede hacer falta. El EUR.1 acredita el origen preferencial y activa el arancel reducido; el certificado de origen muestra el origen no preferencial. Si el comprador, la aduana de destino o el crédito documentario exigen además prueba de origen, se emiten los dos documentos juntos. Si no hay acuerdo, o la mercancía no cumple la norma de lista del acuerdo, no puede expedirse EUR.1; el certificado de origen sí puede expedirse igualmente.

  • ¿Puede expedirse el certificado de origen después de la carga?

    Por regla general, sí; se le añade la mención "emitido a posteriori / issued retrospectively". Pero algunos países de destino no aceptan un documento emitido a posteriori o piden una aclaración adicional, y el crédito documentario puede incluir también una condición sobre la fecha del documento. Como el retraso genera espera en aduana, almacenaje y coste de demora, la solicitud debe hacerse antes de la carga.

  • ¿En qué supuestos se exige el certificado de origen en la importación?

    En la mercancía sujeta a un derecho de aduana adicional, a una exacción financiera adicional o a una medida de política comercial, el Reglamento de Aduanas puede exigir la presentación del documento; si no se presenta, la administración puede aplicar el tipo más alto previsto en la medida. El alcance y el procedimiento se fijan en la normativa y pueden cambiar; deben confirmarse antes de la declaración. La administración puede verificar después el origen mediante un control posterior a la declaración.

  • ¿La descripción de la mercancía en el certificado de origen debe coincidir exactamente con la de la factura?

    No. Conforme al artículo 14.e de las UCP 600, en los documentos distintos de la factura la descripción de la mercancía puede redactarse en términos generales, siempre que no contradiga la del crédito; conforme al artículo 14.d, los datos de los documentos no tienen por qué ser idénticos entre sí. Una descripción contradictoria, en cambio, sí es motivo de reserva. Si el crédito documentario indica de forma específica la autoridad que debe emitir el documento, esa condición debe cumplirse exactamente.

¿Listo para mover mejor?

Sin centros de llamadas ni rodeos. Solo personas con experiencia dispuestas a ayudar.

Trabaja con nosotros