Respuesta breve
El seguro de transporte de mercancías cubre los daños y pérdidas que la carga puede sufrir durante el viaje. Es necesario porque la responsabilidad legal del transportista está limitada por kilogramo o por bulto y, la mayoría de las veces, no alcanza el valor de la mercancía. En el comercio internacional la cobertura suele contratarse con las Cláusulas de Carga del Instituto A, B o C.
¿Qué protege el seguro de transporte?
El seguro de transporte, conocido en el mercado también como seguro de mercancías o seguro de carga, cubre los riesgos de daño, pérdida y robo que la mercancía puede sufrir desde el lugar de carga hasta el lugar de entrega. Lo asegurado no es el vehículo, sino la carga. Por ello puede aplicarse a todos los transportes marítimos, aéreos, por carretera y ferroviarios, así como a los transportes combinados.
La póliza se valora según el valor de la carga, el punto de origen y de destino del viaje, el modo de transporte, el embalaje y el tipo de cobertura. La prima suele calcularse como un pequeño porcentaje sobre la suma asegurada. Como el porcentaje varía según el tipo de carga, la ruta y la cobertura, dar una cifra fija sería engañoso.
¿Por qué no basta la responsabilidad del transportista?
Cuando la carga se daña, lo primero que viene a la mente es el transportista. Sin embargo, su responsabilidad está limitada por ley y ese límite queda, la mayoría de las veces, muy por debajo del valor de la mercancía.
| Transporte | Fundamento | Responsabilidad máxima del transportista |
|---|---|---|
| Carretera nacional | Código de Comercio turco, art. 882 | 8,33 Derechos Especiales de Giro (DEG) por kilogramo de peso bruto |
| Marítimo | Código de Comercio turco, art. 1186 | 666,67 DEG por bulto/unidad o 2 DEG por kilogramo (el que resulte mayor) |
| Carretera internacional | Convenio CMR | Límite por kilogramo del propio convenio |
| Aéreo | Convenio de Montreal | Límite por kilogramo; la OACI lo revisa periódicamente |
El Derecho Especial de Giro (DEG, en inglés SDR) es la unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional. Su equivalente en liras turcas se calcula, según el Código de Comercio turco, con el valor fijado por el Banco Central.
Estos límites dependen del peso, no del valor. Ejemplo: 500 kg de productos electrónicos pueden valer cientos de miles de liras, pero la indemnización máxima que puede obtenerse del transportista en el transporte nacional por carretera está limitada a 500 × 8,33 DEG. Además, el transportista puede quedar totalmente exonerado en casos como la fuerza mayor o los defectos de embalaje. La diferencia la cubre el seguro de transporte.
Tipos de cobertura: Cláusulas de Carga del Instituto A, B, C
En el comercio internacional la cobertura se establece sobre todo con las Cláusulas de Carga del Instituto (Institute Cargo Clauses) del mercado de seguros de Londres:
- Cláusula A: cobertura amplia. Cubre todos los riesgos salvo los excluidos expresamente en la póliza. Es la adecuada para productos manufacturados, maquinaria, electrónica, textiles y cargas frágiles.
- Cláusula B: cobertura intermedia. Cubre los riesgos enumerados: además de los grandes accidentes de la C, terremoto, rayo, caída por la borda por oleaje, entrada de agua en el buque, etc.
- Cláusula C: cobertura limitada. Cubre solo grandes accidentes como incendio, explosión, hundimiento, varada, colisión y avería gruesa. No cubre mojadura, rotura ni robo.
Los riesgos de guerra y huelga quedan fuera de estas tres cláusulas y se añaden con cláusulas aparte.
¿Quién contrata el seguro según los Incoterms?
De las 11 reglas de los Incoterms 2020, solo dos imponen al vendedor la obligación de contratar un seguro:
- CIF: el vendedor contrata un seguro con cobertura de, al menos, la cláusula C.
- CIP: el vendedor contrata un seguro con cobertura de, al menos, la cláusula A.
En ambas reglas, la suma asegurada mínima es el 110 % del precio del contrato. En las otras nueve reglas nadie está obligado a asegurar. No obstante, el seguro interesa a la parte a la que pasa el riesgo. Un importador que compra FOB o EXW y no contrata el seguro por su cuenta habrá transportado la carga sin asegurar durante todo el viaje.
Para más detalle, consulte la guía de los Incoterms 2020 y la página sobre el Incoterm CIF.
¿Se puede contratar el seguro en el extranjero?
El artículo 15 de la Ley de Seguros n.º 5684 prevé, como regla, que las personas residentes en Turquía aseguren sus intereses en Turquía con aseguradoras que operen en Turquía. El segundo apartado del mismo artículo incluye el seguro de transporte de las mercancías objeto de exportación e importación entre las excepciones a esta regla. Es decir, una póliza CIF/CIP contratada por un vendedor en el extranjero es legalmente válida. Aun así, debe tenerse en cuenta que, en caso de daño, trabajar con una aseguradora extranjera puede presentar dificultades de idioma, plazos y peritaje.
¿Cómo se determina la suma asegurada?
La suma asegurada suele establecerse como valor de la mercancía + flete + margen de beneficio esperado. En la práctica del mercado, el porcentaje habitual es el 110 %, el mismo que la regla mínima de CIF/CIP. Si se declara un valor inferior, en caso de daño se aplica el infraseguro y la indemnización se reduce en la misma proporción. Por ello debe comprobarse que el valor de la factura y el de la póliza coincidan.
Para las empresas con envíos frecuentes se utiliza, en lugar de una póliza por cada carga, una póliza abierta (de abono) que cubre todos los envíos de un periodo determinado. La cobertura comienza a medida que se notifican los envíos.
¿Qué se hace si hay un daño?
- Control en la entrega. Si hay aplastamiento, humedad o problemas en el precinto del embalaje, se escribe una reserva en el documento de entrega (“recibido con daños”).
- Documentar. Se toman fotografías, y la carga no se desecha ni se repara.
- Notificar. El mismo día se envía la notificación escrita al transportista y se avisa a la aseguradora o a la agencia. Los plazos legales y los de la póliza son cortos.
- Perito. Se espera la inspección del perito designado por la aseguradora.
- Expediente. Se reúnen la factura, la lista de empaque, el documento de transporte (conocimiento de embarque, CMR o AWB), la póliza y el acta de daños.
Una vez que la aseguradora paga la indemnización, ejerce la acción de repetición contra el transportista; es decir, le reclama la parte de la que este es responsable.
Errores frecuentes
- Creer que el seguro de una compra CIF es una cobertura total. La cobertura mínima en CIF es la cláusula C; no cubre la mojadura ni la rotura.
- Declarar un valor insuficiente. La prima baja, pero en caso de daño la indemnización también se reduce en la misma proporción.
- No poner reservas en la entrega. Es más difícil probar un daño posterior con un documento en el que consta “recibido en buen estado”.
- Descuidar el embalaje. El daño causado por un embalaje insuficiente es una exclusión en la mayoría de las pólizas.
- Olvidar el tiempo de espera en el depósito. La cobertura de la póliza puede terminar si la carga espera en el lugar de entrega más de un plazo determinado; si se prevé una espera larga, debe ampliarse el plazo.
Normativa de referencia
- Código de Comercio turco n.º 6102, art. 882 (límite de responsabilidad por carretera) y art. 1186 (límite de responsabilidad marítima)
- Ley de Seguros n.º 5684, art. 15 (seguros que pueden contratarse en el extranjero)
- Textos: mevzuat.gov.tr
Esta página es información general, no asesoramiento jurídico. La normativa cambia; confirme la situación vigente antes de actuar.



