Respuesta breve
El IMDG es el código internacional relativo al transporte de mercancías peligrosas por mar y se aplica en el marco del convenio SOLAS. Establece las normas de embalaje, etiquetado, declaración, segregación y estiba. Su diferencia con el ADR son los requisitos propios del medio marítimo: el certificado de empaquetado del contenedor, las categorías de estiba en cubierta y en bodega, y la marca de contaminante marino.
Qué es el código IMDG
IMDG — International Maritime Dangerous Goods Code. Es el código internacional relativo al transporte de mercancías peligrosas por vía marítima. Su obligatoriedad procede del convenio SOLAS.
La lógica de clasificación es la misma que en el ADR: nueve clases, número ONU, grupo de embalaje. La diferencia aparece en los requisitos adicionales propios del medio marítimo.
Diferencias con el ADR
Certificado de empaquetado del contenedor. La parte que carga la mercancía peligrosa en el contenedor declara que la carga se ha realizado conforme a las normas del IMDG. En este documento se certifican la idoneidad del embalaje, la sujeción y el cumplimiento de las normas de segregación.
Categorías de estiba. Para cada sustancia se determina dónde puede transportarse a bordo del buque: en bodega, en cubierta o solo en cubierta. La categoría se asigna según la posibilidad de intervención en caso de incendio o fuga. Algunas sustancias no pueden transportarse en bodega cerrada.
Marca de contaminante marino. Las sustancias que perjudican al medio ambiente al entrar en contacto con el mar se marcan de forma adicional. Esta marca es independiente de la etiqueta de clase; una sustancia que no sea de clase 9 también puede ser un contaminante marino.
Tablas de segregación. La segregación entre clases se regula con mayor detalle en el medio marítimo: existen niveles como «mantener alejado», «mantener separado», «separar por un compartimento» o «separar por un compartimento longitudinal», que determinan la disposición dentro del buque.
Cadena de declaración
El proceso se desarrolla en este orden:
- Clasificación a partir de la ficha de datos de seguridad (SDS) — número ONU, clase, grupo de embalaje
- Embalaje — embalaje certificado y marcado con el código ONU
- Etiquetado y marcado — etiqueta de clase, número ONU y, si procede, marca de contaminante marino
- Declaración de mercancía peligrosa — la elabora el remitente
- Certificado de empaquetado del contenedor — lo elabora la parte que realiza la carga
- Reserva (booking) y conocimiento de embarque — la información sobre la mercancía peligrosa se incorpora al documento
Si falta cualquier eslabón de la cadena, el contenedor no se admite en la terminal ni se carga a bordo del buque.
Restricciones de aceptación
No todas las navieras transportan cualquier mercancía peligrosa. Las navieras y los puertos tienen sus propias políticas de aceptación; algunas clases se rechazan y para otras se exigen requisitos adicionales.
La clase 1 y la clase 7 están sujetas a autorización especial y cuentan con una red de servicio mucho más limitada.
La consecuencia práctica de esto es: el alcance debe confirmarse antes de la reserva (booking). Un rechazo que se descubre después de planificar la carga descuadra todo el calendario.
Errores frecuentes
Cargar el contenedor sin declarar la clase. Si se detecta posteriormente, el contenedor se descarga y todo el coste recae sobre el remitente.
Pasar por alto la norma de segregación en una carga consolidada. Dos sustancias que no pueden transportarse juntas en el mismo contenedor generan un problema aunque cada una se haya declarado correctamente por separado.
Olvidar la marca de contaminante marino. Se confunde con la etiqueta de clase; son dos obligaciones distintas.
Entregar al transporte marítimo, sin cambios, una carga preparada según el ADR. Los requisitos de embalaje y etiquetado pueden variar entre modos de transporte.
Esta página es información general, no asesoramiento jurídico. La normativa cambia; confirme la situación vigente antes de actuar.



